Desde ASEAF, y junto a CORA, estamos trabajando para impulsar la modificación de la Ley de Derechos y Oportunidades en la Infancia y la Adolescencia (LDOIA 14/2010) para garantizar que, cuando la reunificación familiar ya no sea posible, los vínculos afectivos construidos por los niños y niñas en acogimiento familiar sean debidamente valorados en las decisiones sobre su futuro.
Desde su admisión a trámite en el Parlament de Catalunya, se han celebrado ya dos sesiones de comparecencias ante la Comisión de Infancia, con la participación de profesionales de reconocido prestigio procedentes de distintos ámbitos del conocimiento y de la práctica profesional.
En la primera sesión, celebrada el pasado 3 de marzo, intervinieron María Ferrándiz, asesora jurídica de ASEAF; Jorge Barudy, neuropsiquiatra infantil y especialista en trauma; y Jaume Funes, psicólogo y educador. Sus aportaciones coincidieron en destacar la importancia de la continuidad de los vínculos afectivos, el impacto que pueden tener las rupturas innecesarias en el desarrollo de los menores y la obligatoriedad de situar el interés superior del niño en el centro de las decisiones del sistema de protección.
La segunda sesión, celebrada el pasado 19 de mayo, reunió a representantes de los colegios profesionales implicados, así como a especialistas en teoría del apego, adversidad temprana y familias acogedoras. Las comparecencias pusieron de manifiesto un amplio consenso profesional, académico y vivencial sobre la necesidad de proteger los vínculos construidos por los niños y niñas en acogimiento y evitar procesos de revictimización derivados de cambios innecesarios de familia.
Todas las aportaciones realizadas han permitido enriquecer el texto inicial de la propuesta, incorporando mejoras orientadas a reforzar la valoración técnica individualizada, evitar automatismos y garantizar que cualquier decisión responda siempre al interés superior del menor.
Más allá de los matices propios de cada disciplina, las intervenciones han puesto de manifiesto también un amplio consenso: las separaciones de los niños de sus figuras de referencia no son acontecimientos neutros. Tienen consecuencias emocionales, psicológicas, educativas y sociales que deben ser tenidas en cuenta en cualquier decisión adoptada por el sistema de protección.
La continuidad de los vínculos como elemento de protección
Durante la primera sesión, María Ferrándiz, jurista de ASEAF, defendió que la propuesta legislativa no pretende introducir automatismos entre acogimiento y adopción, sino garantizar que, cuando la reunificación familiar ya no es posible, los vínculos construidos por el menor durante el acogimiento sean debidamente valorados.
La propuesta parte de un principio básico: el interés superior del menor exige considerar no solo su situación jurídica, sino también su realidad afectiva y relacional. Cuando un niño ha desarrollado un vínculo estable y seguro con sus cuidadores, dicho vínculo forma parte de su bienestar y de su identidad.
En la misma línea, Jorge Barudy recordó que los seres humanos se construyen a través de las relaciones y que la calidad de los vínculos tiene una influencia decisiva en el desarrollo emocional. Alertó sobre el impacto que pueden tener las rupturas afectivas en niños que ya han vivido experiencias previas de abandono, negligencia o maltrato.
Por su parte, Jaume Funes defendió la necesidad de incorporar una auténtica perspectiva de infancia en las políticas públicas y recordó que proteger a un niño implica también evitar daños añadidos derivados de decisiones que ignoren su historia emocional y los vínculos que ha construido.
Un consenso respaldado por los colegios profesionales
La segunda sesión de comparecencias permitió constatar que esta preocupación es compartida por los principales colegios profesionales vinculados a la infancia.
Desde el Colegio Oficial de Psicología de Catalunya se recordó que el vínculo afectivo constituye una necesidad biológica básica y que las rupturas reiteradas pueden reactivar heridas traumáticas previas.
El Colegio Oficial de Pedagogía destacó que la inestabilidad afectiva afecta directamente a los procesos de aprendizaje, a la capacidad de concentración y a la regulación emocional, dificultando el desarrollo educativo de los menores.
El Colegio de Educadores y Educadoras Sociales denunció la situación de “transitoriedad permanente” que viven muchos niños y niñas tutelados y defendió la necesidad de reconocer jurídicamente los vínculos construidos durante largos periodos de convivencia.
Por su parte, el Colegio Oficial de Trabajo Social recordó que la evidencia disponible muestra que un segundo cambio de familia puede resultar, en determinados casos, más perjudicial para el menor que la separación inicial de su familia de origen, al implicar también la pérdida de referentes escolares, comunitarios y sociales.
La aportación de la teoría del apego y de la evidencia científica
La Dra. Marta Sadurní, profesora de Psicología Evolutiva y directora del Laboratorio del Vínculo Afectivo de la Universitat de Girona, explicó que durante los primeros años de vida el vínculo con la figura cuidadora constituye un elemento esencial para el desarrollo emocional y neurobiológico.
Asimismo, advirtió sobre un error frecuente: interpretar la aparente adaptación rápida de algunos menores a nuevos cuidadores como una prueba de ausencia de daño. En ocasiones, esa adaptación puede esconder mecanismos defensivos de desconexión emocional que comportan importantes costes psicológicos.
Desde la asociación PETALES se recordó igualmente que muchos niños y niñas en acogimiento han vivido experiencias de adversidad temprana y que el vínculo seguro con sus cuidadores constituye, a menudo, el principal factor de reparación y recuperación.
En resumen, la gran mayoría de los comparecientes coincidieron en afirmar que:
- la continuidad de los vínculos afectivos es esencial para el desarrollo emocional y neurobiológico de los menores,
- los cambios reiterados de familia pueden generar nuevas experiencias traumáticas y procesos de revictimización,
- las largas duraciones reales de los acogimientos de urgencia entran en contradicción con su carácter teóricamente temporal,
- y cualquier decisión debe basarse siempre en una valoración técnica individualizada y en el interés superior del menor.
Una evolución normativa ya presente en otras regiones
Esta propuesta se enmarca dentro de una tendencia normativa que ya está presente en otras comunidades autónomas.
La Comunidad de Madrid reconoce expresamente la prioridad de la familia acogedora cuando la adopción se considera la medida más adecuada para el menor; la Comunitat Valenciana acaba de incorporar un criterio preferente para favorecer la continuidad de los cuidados y reducir las transiciones innecesarias; y previsiones similares se encuentran ya recogidas en iniciativas legislativas y reformas recientes de Canarias y Castilla y León.
Esta evolución normativa refleja una creciente sensibilidad hacia la importancia de la estabilidad relacional y la protección de los vínculos afectivos construidos por los niños y niñas en acogimiento familiar.
ASEAF y CORA valoran positivamente esta modificación
Las asociaciones de familias valoramos positivamente que las comparecencias hayan evidenciado un amplio acuerdo transversal entre práctica profesional, academia y experiencia de las familias sobre la necesidad de situar la continuidad relacional y la estabilidad emocional de los niños, niñas y adolescentes en el centro del sistema de protección.
Desde ASEAF y CORA queremos agradecer la participación de todos los expertos y expertas que están contribuyendo a este debate con rigor, conocimiento y compromiso con los derechos de la infancia. Valoramos especialmente que este proceso haya permitido incorporar al debate legislativo las aportaciones de profesionales, investigadores, entidades y familias, favoreciendo una reflexión plural centrada en el interés superior del menor.


